Gracias magistrada Alexandra Valencia,
ciudadanos como usted, con alto respeto por el concepto de estado, claridad sobre conciencia social y mucho
valor civil, salvaran la patria.
Dios le bendiga, cuide y premie
su entereza.
Los colombianos hagamos reconocimiento histórico,
de su ética y respeto por la dignidad humana.
Personas como usted, nos hace
recuperar la fe en los valores y el derecho.
Gracias, muchas gracias!!!
Colombianos leamos, admiremos y
regocijémonos por saber que en Colombia, mientras existan personas como la
magistrada Alexandra Valencia… no todo está perdido.
El tribunal superior de Bogotá emitió polémicos conceptos en la condena
contra el ex comandante del bloque Catatumbo de las AUC: Salvatore Mancuso.
Una controversial sentencia contra el ex comandante paramilitar Salvatore
Mancuso acaba de proferir el tribunal superior de Bogotá, con ponencia de
la magistrada Alexandra Valencia.
En el fallo quedó consignada una
tesis que, de ser aceptada, le daría un vuelco al proceso de justicia y paz.
Se pide que en adelante se pueda
juzgar y condenar a miembros de la fuerza pública, funcionarios del estado,
comerciantes y empresarios por los crímenes que cometieron los paramilitares
contra la población civil.
La propuesta está sustentada en que los miembros de las instituciones y
de los gremios que apoyaron y financiaron a las autodefensas hacían parte
orgánica de esa estructura y, por tanto, son igualmente responsables de los
delitos ejecutados por su ala militar.
No menos sorprendente resultó el análisis del tribunal sobre el papel de los medios de comunicación en
el conflicto armado. Según él, los
medios fueron “complacientes” con el paramilitarismo, toda vez que publicaron
extensas entrevistas con el máximo jefe de las AUC, Carlos castaño gil, en las
que el desaparecido fundador de las autodefensas habría publicitado su discurso
antisubversivo.
Una posición cuestionable, a la que añadió la opinión de que la prensa “cumple un rol fundamental en la
propagación y legitimación de los discursos de odio” proferidos por algunos
funcionarios públicos.
Además exhortó al congreso a que tipifique la “ofensa” como un delito,
de tal forma que las declaraciones de los representantes del estado puedan ser
investigadas y sancionadas.
Estas consideraciones, elaboradas
por la ponente del fallo, recibieron serios cuestionamientos de parte del resto
de los magistrados que integran la sala de justicia y paz, quienes solicitaron
la reelaboración del documento en repetidas ocasiones... No obstante, la
sentencia finalmente fue proferida en esos términos.
En cuanto a Mancuso, juzgado en este proceso como comandante del bloque
Catatumbo de las autodefensas, el fallo recordó que fue él quien planeó, junto
con Carlos castaño, la expansión del proyecto paramilitar en norte de Santander.
En mayo de 1999, bajo la comandancia del capitán retirado del ejército armando Pérez
Betancourt, al menos 200 hombres fueron trasladados a la zona con el fin de
ejecutar una serie de masacres que comenzaron en las veredas Socuavo y
Carboneras, de Tibú, y que se extendió al resto del departamento.
El interés de los ‘paras’ era apropiarse de los extensos sembrados de
hoja de coca que controlaban las FARC y el ELN, hasta el punto que, según el
propio Mancuso, lograron extraer del Catatumbo 119.600 kilogramos de pasta base
entre 1999 y 2004, año de la desmovilización del bloque.
A esa fuente de financiación se sumaron las contribuciones obligatorias
y voluntarias de los propietarios de estaciones de gasolina y de casas de
cambio, comerciantes de Cenabastos y de Sanandresitos, terratenientes,
ganaderos y contrabandistas de gasolina.
También figuraban como aportantes, según el tribunal, Ecopetrol, la
central termoeléctrica tasajero y algunos miembros de Fedegán, empresas que
“se vieron beneficiadas de la violencia a la que el bloque Catatumbo sometió a
la población de norte de Santander”.
Entre los crímenes por los que Mancuso acaba de ser condenando se
encuentran el asesinato de dos fiscales especializados, un concejal de
gramalote, una candidata al concejo del Zulia, dos investigadores del CTI, el
rector de la universidad libre seccional Cúcuta y la registradora municipal de Salazar
de las palmas.
La comisión de esos y otros crímenes, entre los que se incluyen
secuestros, torturas y desplazamientos forzados, habría sido posible, en
concepto del tribunal, porque la fuerza pública “se apartó injustificadamente de
su obligación legal de proteger a la población civil de las acciones delictivas
del bloque, permitiendo su expansión y consolidación en la región”.
Por eso ordenó investigar a:
- Miembros del ejército,
- La policía,
- La fiscalía y
- El desaparecido das.
- El ex fiscal general Luis Camilo Osorio también será investigado por cuenta de este fallo, teniendo en cuenta que fue él quien nombró a Ana María Flórez como directora seccional de fiscalías de Cúcuta, condenada a 12 años de prisión por el delito de concierto para delinquir.
Otra solicitud consiste en
determinar si se cometió algún delito durante el proceso de postulación y
nombramiento de Mario Aguarán como fiscal general para el período 2005-2009. La
determinación se tomó porque, según Benito Osorio Villadiego, ex gerente del
fondo ganadero de córdoba y ex gobernador de ese departamento, el presidente de
Fedegán, José Félix Lafaurie, se reunió con Mancuso para solicitarle su apoyo
en la elección de Iguarán. En ese
sentido, será la comisión de acusación de la cámara la encargada de esclarecer
los hechos.
El tribunal también exhortó a la unidad de víctimas para que elabore y
presente una iniciativa legislativa que permita destinar al fondo de reparación
de las víctimas los recursos de las entidades públicas “cuyas autoridades
hayan colaborado con la llegada, consolidación y expansión de los grupos
paramilitares, especialmente con el bloque Catatumbo”.
Mancuso, recluido en una cárcel de Virginia (estados unidos), fue
beneficiado con la pena alternativa de ocho años de prisión contemplada en la
ley de justicia y paz. Por orden del tribunal de Bogotá deberá reconocer
públicamente su responsabilidad por las violaciones a los derechos humanos
cometidas en norte de Santander y participar en distintos actos simbólicos que re
dignifiquen a las víctimas. En la sentencia, la primera en Colombia contra ese
exjefe paramilitar, también fueron incluidos Jorge Iván Laverde Zapata, alias Iguano,
y otros cuatro desmovilizados del desaparecido bloque Catatumbo.
3c- dentro de los miembros, deben
incluirse comandantes de brigada y la
cúpula bajo su mando, al igual que a los comandantes de departamentos de policía
y no dejemos por fuera, ministro de defensa y presidente de la época.
El consolidado conciencia
colectiva-3c, da cordial agradecimiento a la periodista del espectador, por tan
ilustrativo artículo: mflorez@elespectador.com
- elenaflorezr


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